ESTE JUZGADO TERCERO (3°) DE EJECUCIÓN ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES CONFORME A LO PREVISTO EN LOS ARTICULOS 646 Y 647 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EMITE EL SIGUIENTE PRONUNCIAMIENTO: PRIMERO Visto lo solicitado por la Defensa Pública, a lo cual no hizo objeción la Representante del Ministerio Público; en virtud de lo manifestado por el joven IDENTIDAD OMITIDA, aunado a que de actas se evidencia que efectivamente el joven se encuentra inmerso en la problemática de la drogadicción, y por cuanto la Delegada de Libertad Asistida ha manifestado que ha realizado los trámites pertinentes a los fines de el joven ingrese a un Centro de Desintoxicación, es por lo que este Juzgado, acuerda Oficiar a dicha institución solicitando se ordene lo conducente con el objeto de que el mencionado joven ingrese a una institución especializada, a fin de recibir el trat.....