Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoado por la ciudadana, CLAUDIA YANETH CARREÑO PERNIA, en contra la demandada, ESTACIÓN DE SERVICIO SUCRE, S.R.L,.- SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en el presente juicio. TERCERO: Por cuanto la juez se encontraba de reposo médico, no se público en la fecha correspondiente es por lo que se acuerda notificar a la partes de la presente decisión.-