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DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara: DECLARA: ADMITE y DECLARA SIN LUGAR la Inhibición planteada por la Profesional del Derecho abogada YXIS VERONICA GUTIERREZ Jueza Vigésimo Sexta de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas; todo en pro de una recta y transparente Administración de Justicia; de conformidad con el artículo 89 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal y 48º de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Y ASI SE DECLARA.