Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: La Perención de la Instancia en demanda por cobro de diferencias en días de descanso y demás beneficios laborales, incoada por la ciudadana Lenis Elicer Liendo Rodríguez contra la entidad de trabajo Laboratorios La Santé, C.A. (anteriormente denominada Galeno Química, C.A). Segundo: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.