En orden a los razonamientos expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el procedimiento en el juicio incoado por la ciudadana VANESSA BEATRIZ CARDENAS MARAVER, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula identidad N° V-12.401.884, contra la entidad de trabajo TELEFONICA VENZOLANA C.A. –antes TELCEL, C.A.-, ambos supra identificados
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.