declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario ejercido por la sociedad mercantil PETROQUIMICA DE VENEZUELA, S.A. (PEQUIVEN). (R.I.F. G-20000107-0), contra la Resolución signada Nº GCE-SA-R-2002-028, de fecha 31 de julio de 2002, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la planilla de liquidación Nº 000194, contenida en el formulario Nº H-97-07-0670392 y las planillas de pago contenidas en los formulario Nº H-99-07-0931744, H-99-07-0931745 y H-99-07-0931746. En consecuencia:
i) Se declara improcedente el Vicio de Falso Supuesto de Hecho y de Derecho, esgrimido por la recurrente, en relación a la interpretación del parágrafo 3º, del artículo 5º de la Ley de Impuesto sobre la Renta, y rechazar la Consolidación de Enriquecimiento de impuesto a los activos empresariales, efectuada por NITROVEN como unidad económica
ii) Se de.....