declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada ciudadano LUIS MEJIAS SARMIENTO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 64.217.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto proferido por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha veintiocho (28) de mayo de dos mil diecinueve (2019).
TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte demandada por haber resultado vencida, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. -
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.