DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo constitucional cautelar, medida cautelar de suspensión de efectos y medida cautelar innominada, por los abogados JOSÉ RAFAEL GAMUS y LOURDES NIETO FERRO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 37.756 y 35.416, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil LINKCOPY, C.A., domiciliada en la ciudad de Caracas, inscrita ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el día 9 de agosto de 2006, bajo el N° 60, Tomo 1358-A-Qto, consignaron ante el Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fun.....