DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CONFIRMA la sentencia consultada. En consecuencia, SE DECLARA SIN LUGAR LA INTERDICCIÓN DEL CIUDADANO JOSÉ DE JESÚS AVILA GORDILLO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 1.439.289, mayor de edad y de este domicilio, interpuesta por el ciudadano JESÚS EDUARDO MELÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.527.746, y de este domicilio.
Queda así CONFIRMADA la sentencia consultada.
De conformidad con el Art. 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese oportunamente.