DISPOSITIVA
Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara IMPROCEDENTE, el recurso de apelación interpuestos por el Abg. Jerman Escalona, en su condición de Defensor Privado del ciudadano YEAN CARLOS VELASQUEZ, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 04 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 09/11/2013 y fundamentada en fecha 15/11/2013, mediante el cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, al ciudadano YEAN CARLOS VELASQUEZ, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en concordancia con el artículo 83 ejusdem, ROBO AGRAVADO DE VEHICULO EN GRADO DE COOPERADOR, previsto y sanc.....