Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de la comparecencia de la abogada NATHALIE GONZALEZ, Inpreabogado 251.851, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, así mismo, se deja constancia de la falta de de comparecencia de la parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Octavo (38) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 157 ° y 206°. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ
ABG. HENRY JESUS CASTRO SANCHEZ.
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