DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana ELENITZA DEL VALLE GUEVARA RIOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-10.926.900 y convalidada por el Ciudadano Leonardo Corredor Ruiz, titular de la cédula de Identidad Nro. 5.315.439.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha 04 de noviembre de 1994, ante el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda, según consta en acta Nº 638, Tomo 2.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Resolución número 100623-0220 de fecha 23 de junio de 2010, emitida por el C.....