Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la ciudadana CARMEN JUDITH MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.804.651, debidamente asistida por la abogada LILIANA ABREU, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 63.760, contra la Opinión Jurídica número 18, de fecha 19 de noviembre de 2015, dictada por la Dirección Nacional de Consultoría Jurídica de la Defensa Pública. En consecuencia, se CONFIRMA, la Opinión Jurídica número 18, de fecha 19 de noviembre de 2015, dictada por la Dirección Nacional de Consultoría Jurídica de la Defensa Pública y notificada 15 de noviembre de 2016. Así se decide.