CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 13 de noviembre de 2018, dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, la cual declaró con lugar la oposición a la medida cautelar en el juicio que por NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL, sigue el ciudadano CARLOS NATIVIDAD FERNANDES, contra la Sociedad mercantil INVERSIONES DORAL MORRO C.A., y el ciudadano JOSE MANUEL AMPARAN PADRON.
SEGUNDO: SIN LUGAR la oposición a la medida cautelar de Prohibición de Enajenar y Grabar decretada por el A quo en fecha 15 de junio de 2018.
TERCERO: SE RATIFICA la cautelar contenida en la sentencia de fecha 15 de junio de 2018, referida al decreto de PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el siguiente bien inmueble:
Un (01) lote de terreno distinguido con la letra "E", ubicado en la zona de Hoteles y Comercios, Sector La Acquavilla del Complejo Turístico El Morro, ubicad.....