(...) declara: PRIMERO: SE HOMOLOGA el desistimiento del recurso de apelación cuya nomenclatura es AP21-R-2017-000334 interpuesto por la representación judicial de la parte recurrente en nulidad EVEREADY DE VENEZUELA, C.A. SEGUNDO: Se declara TERMINADO el recurso y se ordena el CIERRE Y ARCHIVO INFORMÁTICO en el Sistema JURIS 2000 como "Asunto Terminado", así como la causa principal AP21-N-2012-000255.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuadragésimo Cuarto (44º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los treinta (30) días del mes de ENERO del año dos mil diecinueve (2019). Años: 208º y 159º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.
LA JUEZ
Abg. AMALIA DÍAZ R.
EL SECRETARIO
Abg. OSCAR CASTILLO
NOTA: En esta misma fecha previa las formalidades de ley, se dictó y publicó la anterior decisión.
EL SECR.....