En virtud de los razonamientos anteriormente expresados, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo del Código Civil 185 en concordancia con la sentencia 1070, de fecha 09 de diciembre de 2016, dictada por Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, se declara DISUELTO el vinculo matrimonial existente entre los ciudadanos SONIA MAITE MARTINEZ DE HERNANDEZ y ADOLFO FELIPE HERNANDEZ PERNIA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.036.340 y V-6.525.341, respectivamente, y en consecuencia declara el DIVORCIO de los precitados ciudadanos. Así se decide.