DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogado ENIHZER RODRIGUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 95.742 en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ERIC EDUARDO TORRES VILORIA, titular de la cedula de identidad No 7.124.300. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por prestaciones sociales incoada por el ciudadano ERIC EDUARDO TORRES VILORIA, titular de la cedula de identidad No 7.124.300 contra la empresa TALLER DE SERVICIOS PESADOS LA VALENCIANA, C.A. y se le ordena cancelar al actor la cantidad de Bs. UN MILLON NOVECIENTOS CUARENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 69/100 (Bs. 1.940.355,69).