En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara sin lugar la solicitud de Medida Cautelar y la consecuente suspensión de efectos, intentado por TRAKI SAU PLUS C.A. inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, bajo el N° 3, tomo 28-A-Pro, de fecha 06 de julio de 2004, a través de su apoderado judicial abogado ANGEL FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, titular de la Cédula de Identidad N° 1.165.372, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.029, en el juicio de Recurso de Nulidad.