Con fundamento en lo razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, la Sala 4 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada por el abogado Luis Ramón Cabrera Araujo, Juez del Tribunal Trigésimo Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto judicial Nº 36C-7911-07, nomenclatura de ese Tribunal, seguida al imputado Dario Tirelli Scarolla, ello conforme a lo preceptuado en el artículo 86.7 del Código Orgánico Procesal Penal.