Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el Abogado MARIO DE SANTOLO en su carácter de apoderado judicial de la parte accionada contra la decisión dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 11 de Febrero del año 2008, en el juicio que por cobro de Prestaciones Sociales incoare el ciudadano Luis Omar Rojas, contra la Sociedad de Comercio "CERVECERIA POLAR DEL CENTRO", C.A. (hoy CERVECERIA POLAR SAN JOAQUIN, C.A) de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se CONFIRMA la sentencia recurrida.