Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Violencia contra la Mujer, en funciones de Control, Audiencia y Medidas número 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: DECRETA: el cese de cualquier medida cautelar o de protección y seguridad que haya sido impuesta por la autoridad competente al ciudadano VICTOR MANUEL PEÑA, cuyo número de cedula de identidad no consta en autos, residenciado en el Jebe, sector 19 de abril, las acacias, Barquisimeto Estado Lara, a los fines de salvaguardar la vida, la integridad física, psíquica, emocional o patrimonial de la mujer, así como su condición de imputado, en virtud de haberse decretado a su favor ARCHIVO FISCAL, por parte de la Fiscalía encargada de la investigación de los hechos denunciados. Regístrese, Publíquese y Notifíquese.
EL JUEZ DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS Nº 01
ABGOGADO MARCO ANTONIO MEDINA SALAS
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