V
DISPOSITIVO
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto, en fecha 07 de febrero de 2011, por el abogado Flavio Chavez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 25.365, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia de fecha 03 de febrero de 2011, dictada por el Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia apelada en toda y cada una de sus partes.
Se condena en costas al recurrente de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese Copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencias de este Tribunal.