VI
DECISIÓN
Con fundamento en la motivación anterior, este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el contribuyente Praxair Venezuela, S.C.A. En consecuencia:
i) Se ANULA las Resoluciones y Liquidaciones Nº 11-10-01-3-02-001008, Nº 11-10-01-3-02-001010 y Nº 11-10-01-3-02-001009 por presentación extemporánea del Impuesto al Valor Agregado de los periodo 04/2000, 01/2000 y 03/2000, respectivamente, todas de fecha 28 de mayo de 2002, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital.
ii) No se condena en costas procesales a la República, en virtud del criterio establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Sentencia N° 1238 del 30 de septiembre de 2009, Caso: Julián Isaías Rodríguez Díaz.
Publíquese, regístrese.....