Con fundamento en las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, decide:
PRIMERO: Se ADMITE, cuanto ha lugar en derecho, el recurso contencioso tributario interpuesto primero (01) de octubre de 2007, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por los ciudadanos OLMEDO CABELLO y TULIO HERNÁNDEZ, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. 6.902.539 y 4.360.342, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la contribuyente ABN AMRO BANK N.V., debidamente asistidos por la ciudadana MARÍA LETICIA PERERA, titular de la cédula de identidad No. 12.995.217 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 82.916; en contra de la Resolución No. SERMAT-ADMC-CAFRA-RES-RJ-2007-055 (folios 55 al 79) de fecha dos (02) de julio de 2007, emanada de la Superi.....