Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Control N° 5, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se pronuncia en los siguientes terminos: Primero: En aplicación del procedimiento especial contemplado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA a Luís Jesús Gómez Gutiérrez, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.611.218 anteriormente identificados por los hechos que le imputara la representante del Ministerio Público y que los mismo voluntariamente admitiera a través de su declaración, los cuales configuran el delito Aprovechamiento Fraudulento de Fondos Públicos, previsto y sancionado en el artículo 74 de la Ley Contra la Corrupción; se les impone la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO(08) MESES PRISIÓN. Se estima como fecha provisional del cumplimiento de la pena el día 16 de diciembre de 2011. Segundo: Se declara CON LUGAR la dema.....