Por todas las anteriores consideraciones; este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la Tercería propuesta por abogado JUAN GARCIA MADRIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.393.831; inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 33.751 y de este domicilio, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil PROMECOR, C.A, todos plenamente identificados.
LA JUEZ PROVISORIO,
Abg. Yuleima Castillo Oviedo,
LA SECRETARIA
Abg. Egilda Rojas Sanchez
EXP: 1435