Por las razones previamente expuestas, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales incoada por el ciudadano JOSE HOMERO BRICEÑO, contra la sociedad mercantil AGENCIA DE FESTEJOS LA SELECTA, C.A., plenamente identificados en autos. SEGUNDO: La demandada deberá pagar al accionante lo correspondientes a la prestación de antigüedad y sus respectivos intereses de conformidad con lo establecido en el artículo 108 de la misma Ley; las vacaciones y el bono vacacional, las utilidades y las indemnizaciones por despido injustificado previsto en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, así como los intereses de mora y la corrección monetaria, cuya cuantificación se realizará mediante la práctica de una experticia complementaria del .....