Con fundamento a los razonamientos expuestos anteriormente este Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Declara: CON LUGAR, la demanda que por Cobro de Bolívares (Procedimiento Breve) interpusiera José Wladimir Ponte Godoy, contra Annolis Guadalupe Santos Flores, todos identificados en el encabezamiento del presente fallo y en consecuencia condena a la demandada: Primero: A cancelar la cantidad Dos Mil Novecientos Bolívares (Bs. 2.900,00), monto del instrumento cambiario cuyo monto se demanda. Segundo: La cantidad de Cuatrocientos Bolívares (Bs 435,00) por concepto de intereses de mora vencidos, así como los que se sigan venciéndose hasta el pago definitivo de la letra. Tercero: El pago de las costas del presente procedimiento por haber resultado totalmente vencido de conformidad con lo establecido en el artículo 274 de.....