Se declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano FERY MOLINA FIGUEROA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.063.785, asistido por el abogado Daniel Buvat de la Rosa, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 34.42, contra los actos administrativos de Remoción y Retiro, dictados por el Director Presidente del Instituto de Policía Municipal de Chacao del estado Miranda, en fechas 28 de enero de 2003 y 05 de marzo de 2003, respectivamente.
SEGUNDO: SE ORDENA la reincorporación del querellante al cargo de detective que venía desempeñando o a uno de igual o similar jerarquía y remuneración, con el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de su ilegal remoción hasta la fecha de su efectiva reincorporación, para lo cual se ordena realizar una experticia complementaria del fallo.
TERCERO: SE NIEGAN las demás prestaciones económicas derivadas de la relación de empleo público que fueron so.....