Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, DESESTIMA la Acusación Fiscal y en consecuencia se decreta el Sobreseimiento de la Causa de conformidad con el articulo 318 numeral 1°, a favor de los ciudadanos ÁNGEL ANTONIO ARIAS ARISTIGUIETA, venezolano, natural de Valencia Estado Carabobo, de 20 años de edad, nacido en fecha 16-10-1.991, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 23.410.909, de oficio: Obrero, hijo de Carmen Alicia Aristigueta y Abel Antonio Arias y residenciado en: Calle La Charneca, a cuatro cuadras del CDI. Valencia Estado Carabobo y JAVIER CLEMANT MATALONI, venezolano, natural de Irapa Municipio Mariño, Estado Sucre, de 28 años de edad, nacido en fecha no sabe, soltero, titular de la cédula de ide.....