Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 24 de mayo de 2004, por el abogado Robinson Gregorio Salcedo Briceño, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 12 de abril de 2004, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se declaró CON LUGAR la adhesión a la apelación formulada en fecha 27 de septiembre de 2004, por la abogada Mónica Carolina Hernández Bernal, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada. En consecuencia, se declaró SIN LUGAR, la demanda de cobro de bolívares, incoada por la sociedad mercantil Clínica Razzetti de Barquisimeto, C.A., contra la ciudadana Rosalía María Guzzetta. Quedó asi MODIFICADO el fallo apelado. Se condenó en costas a la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 y 281. Se ordenó NOTIFICAR la decisión.