En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1.- Su COMPETENCIA para conocer del presente Recurso Contencioso de Nulidad.
2.- EL DECAIMIENTO DEL OBJETO del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la sociedad mercantil GANADERÍA R&A, C.A. inscrita por en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el No. 86, tomo 1212-A, en fecha 10 de noviembre de 2005 representada por los abogados en ejercicio María del Carmen La Riva, Joaquín Montoya, Rubén Benítez, Christian Colson, Yasenia González e Hilda Malpica, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 19.846, 47.236, 180.887, 98.556, 102.809 y 123.820, respectivamente, contra el Acto Administrativo de efectos particulares contenido en la Resolución Nº L/083.05/2.....