DECISION
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSE GREGORIO RONDON OLMOS, actuando con el carácter de defensor de los acusados ANGEL GONZALEZ y VICTOR DAVID PETIT; SEGUNDO: ANULA todas las actuaciones realizadas en dicha causa desde el momento en que la ciudadana fiscal, consigno el escrito irrito, en fecha primero (01) de febrero de 2005 hasta la presente fecha, y, TERCERO: ORDENA reponer la causa hasta el estado en que el Ministerio Público presente su acto conclusivo, debidamente firmado, cumpliendo con todas las formalidades esenciales, por ante un Juez distinto al que dictó la decisión anulada; Todo de conformidad con lo establecido en los artículo 190, 191 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal y 257 de.....