Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamientos: UNICO: DECLARA SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por los abogados CARMEN MARISOL ALTUVE, RUBEN BARRIOS VELASQUEZ, en su condición de Defensores de CARMEN MARISOL ALTUVE; Abg. LUIS EDUARDO MELENDEZ U; y VIRNA SOIREE CASTILLO T., en su carácter de defensores del imputado JAIME ANTONIO LONDOÑO MOYA, y el abogado ANTONIO JOSE MARVAL JIMENEZ, en su condición de Defensor de los imputados ISMAEL EDGARDO DIAZ, SILDO JESUS GONZALEZ y ALEXANDER RAMON SILVA, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en fecha 31 de Marzo de 2008, mediante la cual decretó Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad contra los ciudadanos .....