este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito del Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela:
Primero: Se DECLARA LA CONFESION FICTA solicitada por la actora de la presente causa
Segundo: CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por MABEL CERMEÑO VILLEGAS, abogado en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 27.128, en su carácter de endosataria en procuración del ciudadano JOSE ZAMBRANO LUNA, venezolano, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad Nº 2.988.247 contra ASESORÍA DE MEDIOS PUBLICITARIOS 13, C.A. empresa mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial de Caracas y del Estado Miranda, bajo el Nº 37, Tomo 95-A-Pro, el 19 de mayo de 1.999.
Tercero: Se ordena a la empresa mercantil ASESORIA DE MEDIOS PUBLICITARIOS, 13, C.A., a pagar a la actora la cantidad de QUINCE MILLONES DE BOL.....