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DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1. PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A (UN SOLO CÓNYUGE-DESAFECTO) incoada por la abogada KARLA NAIN PÉREZ VÁSQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.838.518, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°.106.138, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARÍA ALEJANDRA LEÓN HEREDIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.924.882, y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a la ciudadana MARÍA ALEJANDRA LEÓN HEREDIA al ciudadano ALEXANDER CELESTINO HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de .....