Se decretó la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente solicitud de Obligación Alimentaria presentada por la ciudadana ADRIANA DE JESUS ESCALANTE MARTINEZ, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 13642544, contra el ciudadano MARCO ANTONIO ALFONZO VARGAS, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 11552694, de acuerdo con lo establecido en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 267 ordinal 3º eiusdem, por cuanto ha transcurrido más de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto del procedimiento, norma supletoria a la cual nos remite el artículo 451 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.