DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Quinta (5°) Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE los medios probatorios presentados por la Dra. CLOTILDE CONDADO RODRIGUEZ, Juez Presidente de esta Sala N° 5 Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, por considerarlas útiles, necesarias y pertinentes, por no ser contrarias a derecho, dejando constancia que su valoración se hará en el pronunciamiento definitivo, todo de conformidad con lo establecido en lo dispuesto en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese y diarícese la presente decisión.
LA JUEZ DIRIMENTE,
Dra. CARMEN MIREYA TELLECHEA
LA SECRETARIA,
Abg. BELSY TORCAT
En esta misma fecha se cumple lo ordenado en la presente decisión.
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