CUARTO: En atención a lo ya expresado, luego de una revisión efectuada a las actas procesales que conforman el presente expediente, se desprende que el juicio por cobro de bolívares fue interpuesto en fecha 16 de junio de 2005, que la demandante reclama el pago dinerario por los conceptos indicados en el libelo, en la cantidad de OCHENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLÍVARES CON NOVENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 89.898.495,91), que equivalen en la actualidad a la cantidad de OCHENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO BOLÍVARES FUERTES CON CUARENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs. F. 89.898,49), y que para esa data la unidad tributaria estaba fijada en la cantidad de Veintinueve Mil Cuatrocientos Bolívares (Bs. 29.400), observándose que para dicha fecha, la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela en fecha 20 de mayo de 2004, en su artículo 18, exigía como requisito indispen.....