esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Hinmel González, en su condición de Defensor Privado, contra la auto dictado en fecha 09/03/2015 por el Tribunal Octavo de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en el asunto signado bajo en N° GP01-P-2014-009267, mediante la cual DECRETO MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD en ocasión a acto de imputación fiscal al imputado Jean Carlos Hernández Graterol por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES en el grado de AUTOR, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1ero del Código Penal. Queda así confirmada la Decisión Recurrida. SEGUNDO: remítase las presentes actuaciones a la Jueza Octava de Primera Instancia en Función .....