Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA Con lugar La Ratificación de la medida de Libertad Asistida impuesta a "OMISSIS"; por la comisión del delito de Robo Agravado, y Violencia Física, tipificados en los artículos 458 del Código Penal Vigente previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; en perjuicio de la ciudadana Albertina Gutiérrez por el lapso que le falta por cumplir de un (01) año y cuatro (04) meses, modificándose el tiempo de evaluación a trimestralmente y sucesivamente la medida de reglas de conducta por el lapso de dos (02) años. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
Abg. Marisandra Cañizares La Secretaria
Abg. Emelis Trujillo