Por las razones expuestas, este Juzgado Décimo (10º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos MAYERLIN BARRIOS DAVILA y EUSEBIO JOSE DIAZ HERNANDEZ, ambos identificados al inicio de este fallo. En consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos el día 07 de noviembre de 2003, por ante la Oficina de Registro Civil de la parroquia El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital, cuya acta quedó inserta bajo el Acta Nº 138, folios 138 y vto., de fecha 07/04/2003, del Libro de Registro Civil de Matrimonios del año 2003. Se ordena remitir juego de copia certificada de la presente decisión al Registro Civil de la parroquia El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital, y al Registrador Principal de.....