Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, sede en Barquisimeto, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la acción por cobro de diferencia de prestaciones sociales incoada por JOSÉ MERCEDES YEPEZ, venezolano, mayor de edad, casado, fotógrafo, provisto de la Cédula de Identidad N° 10.720.054, domiciliado en Guanare estado Portuguesa contra el ESTADO PORTUGUESA.