Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE LA CIRCNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INCOMPETENTE, para conocer del presente juicio por Prestaciones Sociales, incoado por la ciudadana REYES MARIA SOLARZANO, viuda de ESCALONA y NAIRELYS JOSE ESCALONA. SEGUNDO: declina la competencia en razón de la materia para conocer del presente asunto en el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia a los 30 del mes de julio del año 2010. Años: 200º y 151º.
LA JUEZ.,
Dra. CAROLA DE LA TRINIDAD RANGEL
LA SECRETARIA,
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