DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE por inepta acumulación de pretensiones el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado Efraín José Sánchez Barrios, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 33.908, en su condición de apoderado judicial del ciudadano ASDRUBAL GERMÁN SANTANA, titular de la cédula de identidad Nro. 2.478.112, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nro. 00155-2009 de fecha 20 de de marzo de 2009, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante la cual se declaró sin lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el referido ciudadano en contra del Instituto de Ferrocarriles del Estado (IAFE).
Publíquese, .....