Este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana (Se omite), contra la sentencia dictada en fecha 08 de mayo de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Barquisimeto. En consecuencia, SE MODIFICA el fallo recurrido, en los siguientes términos:
PRIMERO: Se fija un Régimen de Convivencia familiar Supervisado de conformidad con el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, el ciudadano (Se omitie), compartirá con su hijo los días miércoles de 2:00 a 3:00 de la tarde, en el Círculo Militar de Barquisimeto, régimen este que será supervisado por el Equipo Multidisciplinari.....