DISPOSITIVO
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha cuatro (4) de junio de dos mil quince (2015), por el abogado ANGEL ALVAREZ OLIVEROS, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano JUAN RAVELL AUMAITRE, contra la sentencia dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el día dos (2) de junio de dos mil quince (2015). En consecuencia, queda CONFIRMADO el fallo apelado, por las razones expuestas en la presente decisión.
SEGUNDO: SE NIEGA la medida cautelar nominada de prohibición de enajenar y gravar, solicitada por la representación judicial de la parte.....