En virtud de lo expuesto, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE el recurso contencioso administrativo de anulación interpuesto por el ciudadano JOGLIN SEIJAS, cédula de identidad V-9.892.273, asistido por el abogado Franky Villamizar Vargas, Inpreabogado N° 78.903, contra la providencia administrativa N° 432 dictada 31 de marzo 2006 por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, BEJUMA, MIRANDA, SAN DIEGO, NAGUANAGUA, LOS GUAYOS Y CARLOS ARVELO DEL ESTADO CARABOBO.