DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución, de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: Sustituye la medida de Privación de Libertad que tenía impuesta el sancionado (se omite), por la comisión de los delitos de Robo Agravado en grado de coautoría, previsto en el artículo 458 en relación al 83 del Código Penal, lesiones intencionales leves, previsto en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de (se omite) y Porte Ilícito de Armas de Fuego, previsto en e artículo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, por las sanciones previstas en los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, siendo la Libertad asistida consistente en recibir orientaciones psicológicas y seguimient.....