HA LUGAR la solicitud de exequátur o pase de la sentencia 000468/2009 de fecha 30 de octubre de 2009, proferida por el Juzgado de Primera Instancia Nº 8 de Santa Cruz de Tenerife, España, la cual fue solicitada por la abogada MARÍA ALEJANDRA CORREA MARIN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 51.864, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos LUIS ALBERTO TORRES MANZANERO y JUANA APONTE RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Santa Cruz de Tenerife, Islas Canarias, Reino de España, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.919.310 y V-6.354.769, respectivamente, según se desprende del poder otorgado en Madrid- España el 28 de marzo de 2014, según documento otorgado en fecha 19 de marzo de 2015 por ante el Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Santa Cruz de Tenerife, Islas Canarias, Reino de España, anotado bajo el Nº 70, folios 84 y 85 del protocolo único, tomo único, del libro de registro.....